Invertir en bienes raíces en México ofrece rendimientos atractivos, pero entender el marco fiscal es fundamental para maximizar tu retorno. Ya sea que planees rentar tu propiedad en la Riviera Maya, mantenerla como residencia vacacional o eventualmente venderla, existen obligaciones fiscales tanto en México como en tu país de origen que debes conocer.
Esta guía cubre los impuestos principales que enfrentan los propietarios extranjeros ?ciudadanos de Estados Unidos, Canadá y Francia? con tasas actualizadas a 2026.
1. Impuesto Predial: Tu Obligación Anual Básica
L' predial es el equivalente al property tax y se paga anualmente al municipio donde se ubica la propiedad. En México, las tasas de predial son considerablemente más bajas que en Norteamérica o Europa.
- Tasa: Varía por municipio, generalmente entre 0.1% y 0.3% del valor catastral
- Descuento por pronto pago: La mayoría de municipios en Quintana Roo ofrecen descuentos del 10% al 25% si pagas en enero
- Valor catastral vs. valor comercial: El valor catastral suele ser significativamente menor al valor de mercado, lo que reduce la carga fiscal
Ejemplo: Una propiedad con valor catastral de MXN $2,000,000 (aprox. USD $110,000) podría pagar entre MXN $2,000 y $6,000 anuales de predial (USD $110?$330).
Dato clave: Comparado con el property tax promedio en EE.UU. (0.99% del valor de mercado) o Canadá (0.87%), el predial mexicano es una fracción del costo.
2. ISR por Ingresos de Renta
Si rentas tu propiedad ?ya sea alquiler a largo plazo o renta vacacional tipo Airbnb?, debes declarar y pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) en México.
Opciones fiscales para no residentes:
Opción A ? Tasa fija del 25% sobre ingreso bruto:
- Sin deducciones de gastos
- Cálculo simple: el inquilino o administrador retiene el 25% y lo paga al SAT
- Ideal si tus gastos son bajos o no quieres llevar contabilidad en México
Opción B ? Registrarte ante el SAT y tributar como residente fiscal:
- Tasas progresivas del 1.92% al 35% sobre ingreso neto
- Puedes aplicar la “deducción ciega” del 35% ? una deducción automática sin necesidad de comprobar gastos
- O deducir gastos reales: mantenimiento, comisiones, seguros, depreciación (5% anual del valor de construcción)
- Requiere obtener tu RFC y presentar declaraciones mensuales y anuales
Consejo: Si tus gastos reales superan el 35% del ingreso bruto, conviene deducir gastos reales. Si no, la deducción ciega es más eficiente y sencilla.
IVA en rentas turísticas
Las rentas de corta estancia (tipo Airbnb) generan IVA del 16%, más un impuesto estatal de hospedaje del 2% al 5% según el estado. Plataformas como Airbnb ya retienen parte de estos impuestos automáticamente.
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3. ISR por Ganancia de Capital (al Vender)
Al vender una propiedad en México, el notario público calcula y retiene el ISR por ganancia de capital. Para no residentes, tienes dos opciones:
Opción 1 ? 25% sobre el precio bruto de venta:
- Sin deducciones
- Simple pero generalmente más costoso
Opción 2 ? 35% sobre la ganancia neta:
- Ganancia = Precio de venta ? (Precio de compra ajustado por inflación INPC + mejoras documentadas + comisiones + honorarios notariales)
- Generalmente más favorable si tienes buena documentación
Ejemplo: Compraste en USD $200,000 y vendes en USD $350,000. Con la opción 1 pagas USD $87,500 (25% de $350k). Con la opción 2, si la ganancia neta ajustada es $120,000, pagas USD $42,000 (35% de $120k). La diferencia es enorme.
Importante: Conserva TODOS los comprobantes de mejoras, remodelaciones y gastos de adquisición. Son tu mejor herramienta para reducir legalmente el ISR al vender.
4. Impuesto de Adquisición (ISAI)
Al comprar una propiedad, pagas el Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI), también conocido como impuesto de traslado de dominio. En Quintana Roo, la tasa es aproximadamente del 3% del valor más alto entre el precio de compra, el valor catastral y el avalúo comercial.
Para un desglose completo de todos los costos de compra, consulta nuestra guía de costos de adquisición.
5. Tratados para Evitar la Doble Tributación
México tiene convenios de doble tributación (CDT) con más de 60 países, incluyendo los tres principales mercados de inversionistas extranjeros en la Riviera Maya:
?? Estados Unidos ? México
- Convenio vigente desde 1994 (con protocolos adicionales en 2002)
- Los ingresos por renta de inmuebles en México se gravan primero en México
- EE.UU. permite acreditar el ISR pagado en México contra tu obligación federal (Foreign Tax Credit, Form 1116)
- Las ganancias de capital por venta de inmuebles se gravan en el país donde está la propiedad
?? Canadá ? México
- Convenio vigente desde 2006
- Misma lógica: México tiene derecho primario de gravamen sobre inmuebles ubicados en su territorio
- Canadá permite acreditar impuestos pagados en México mediante el Foreign Tax Credit federal
?? Francia ? México
- Convenio firmado en 1991, vigente desde 1993
- Los inmuebles se gravan en el país donde están situados (Art. 6 y 13 del convenio)
- Francia permite deducir los impuestos pagados en México de la obligación fiscal francesa
6. Obligaciones de Reporte en tu País de Origen
Ciudadanos estadounidenses: FBAR y FATCA
- FBAR (FinCEN Form 114): Si tienes cuentas financieras en México (incluyendo cuentas bancarias vinculadas al fideicomiso) con saldo agregado superior a USD $10,000 en cualquier momento del año, debes reportarlas
- FATCA (Form 8938): Si tus activos financieros extranjeros superan USD $50,000 (o $200,000 si resides fuera de EE.UU.)
- Form 8865 / 5471: Si constituiste una sociedad mexicana para adquirir la propiedad
Ciudadanos canadienses: T1135
- Form T1135: Obligatorio si el costo total de tus activos extranjeros (incluyendo propiedades de inversión) supera CAD $100,000
- Excepción: Propiedades de uso personal exclusivo (vacation home que NO rentas) están exentas
- Penalidad por no declarar: CAD $25/día hasta un máximo de $2,500
- Método simplificado disponible si los activos no superan CAD $250,000
Ciudadanos franceses
- Francia grava la renta mundial de sus residentes fiscales
- Los ingresos inmobiliarios en México deben declararse en la declaración anual francesa
- El CDI México-Francia permite evitar la doble imposición mediante crédito fiscal
Foire aux questions
¿Necesito un RFC para ser propietario en México?
No necesitas RFC solo para ser propietario. Sin embargo, si generas ingresos por renta o quieres aplicar deducciones fiscales, sí necesitas registrarte ante el SAT y obtener tu RFC.
¿Puedo evitar pagar impuestos en México con un fideicomiso?
No. El fideicomiso es un mecanismo de tenencia, no un instrumento de elusión fiscal. Todos los impuestos ?predial, ISR por renta, ISR por venta? aplican igual con fideicomiso.
¿Qué pasa si no declaro mis ingresos por renta en México?
El SAT puede imponer multas de hasta el 75% del impuesto no pagado, más recargos e intereses. Además, incumplir en México puede afectar tu estatus fiscal en tu país de origen.
¿Puedo deducir la depreciación de mi propiedad?
Sí, si tributas con deducciones reales. La depreciación del componente de construcción es del 5% anual sobre el valor de construcción (excluyendo el terreno).
¿Las plataformas como Airbnb ya retienen los impuestos mexicanos?
Airbnb retiene y entera ISR e IVA en México desde 2020. Sin embargo, esto no elimina tu obligación de presentar declaraciones anuales ni de cumplir con regulaciones locales de hospedaje.
Si necesitas asesoría personalizada sobre impuestos y obligaciones fiscales para propietarios extranjeros en México, contáctanos por WhatsApp. Nuestro equipo te guía en cada paso.










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